Crónicas          
11 de abril de 2008

¿Persuasión a domicilio?

Miguel Iturria Savón

LA HABANA, Cuba, abril (www.cubanet.org) - Al llegar a casa el jueves 3 de abril, supe que un oficial de la Seguridad del Estado me acechaba. Había estado dos veces e insistía en verme. Coincidió conmigo a las 4 y 45 PM. Se identificó como  Ricardo. “Vengo a advertirle que no permitiremos la reunión del viernes en la casa de Juan Antonio Madrazo. Si usted asiste será detenido”.

Como no doy información ni discuto con  los agentes de la policía política, lo despedí con una sonrisa irónica.

Supe después que se dirigió en su moto Mitsubishi al reparto El Calvario, donde visitó a la abogada Laritza Diversent, a quien le advirtió lo mismo, le preguntó sobre sus vínculos con Julio Aleaga Pesant y habló del chequeo que ejerce sobre los  periodistas independientes del sudeste de La Habana.

Las amenazas a domicilio formaron parte de otras acciones represivas de la Seguridad del Estado contra el Centro de Aplicación de Marketing y Publicidad Política, el cual inauguraba una muestra audiovisual contra la intolerancia en la casa de Juan A. Madrazo, secretario de Información e Instrucción, a quien detuvieron antes del encuentro e interrogaron en la  estación policial de Marianao. 

Al publicista Julio Aleaga Pesant, coordinador general del CAMK, lo llamó por teléfono un oficial identificado como Moisés. El mismo reiteró las advertencias anteriores, anunció su visita para el día siguiente y exigió que no se realizaran  reuniones y actividades.

Aunque es habitual el uso de seudónimos y la carencia de apellidos de los agentes de la Seguridad del Estado, las acciones de ese organismo se ajustan al viejo esquema de plaza sitiada con el fin de contener o impedir los encuentros pacíficos de las agrupaciones alternativas al gobierno, calificadas de enemigas por el discurso del poder.

El Centro de Aplicación de Marketing y Publicidad es una pequeña entidad  profesional, que participa en la construcción democrática del país desde la gestión del conocimiento. Sus cursos, talleres, seminarios e investigaciones contribuyen a la modernización de las fuerzas opositoras marginadas por el régimen totalitario, que les niega el acceso a Internet y a otros medios de comunicación e información.

Si bien el artículo 54 de la Constitución cubana no niega explícitamente los derechos de reunión y de asociación pacífica, previstos en el artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la práctica las “acciones preventivas” de la policía política se basan en una lógica represiva amparada por los artículos 208 y 209 del Código Penal vigente, los cuales privan de libertad a los afiliados -o asistentes- a las asociaciones no reconocidas por un Registro que excluye al que no aplaude.

Los opositores buscan alternativas a la violación de los derechos humanos, pues aún las autoridades cubanas no saben cómo aplicar los pactos firmados en las Naciones Unidas sobre derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. ¿Será la “persuasión policial a domicilio” una forma eficaz para cumplir con tales compromisos? ¿Podrán los agentes de la Seguridad del Estado contener a una sociedad civil que exige cambios estructurales?     

 

 


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