¿Derecho en televisión?
Manuel David Orrio, CPI
LA HABANA, septiembre - La televisión cubana, prisionera de la
censura oficial, es puesta en la picota por la opinión pública de
manera creciente. Dos canales nacionales y varios horarios provinciales, más
un poco de servicio a los turistas, indican su sentir antediluviano. Lo último
en ese medio es la irregularidad de sus programaciones y el irrespeto a gustos y
hábitos formados durante décadas, admite la prensa.
Cuba, apunta alguno que otro, parece maldita por un síndrome de
oportunidades perdidas. La televisión isleña, únicamente
estatal, brinda multitud de ejemplos probatorios del desaprovechamiento de sus
capacidades como formadora de conciencia cívica. Un sistema de
adoctrinamiento político induce constantes mensajes de dominación,
signados en muchas ocasiones por el desconocimiento de los derechos
constitucionales y civiles, y por la no difusión de éstos, algo
esencial para comprender el actual drama cubano. Si el nacional residente ignora
desde su alcance hasta el fuero en sí mismo, si éste no se
promueve de manera masiva, imposible es que la opinión pública
presione a las instancias de poder hacia un respeto de la Constitución y
las leyes. Como se sabe, derechos humanos claves son desconocidos por ese orden
legal, o severamente limitados. Pero muchas garantías ciudadanas aparecen
consagradas, y la violación de las mismas ocurre frecuentemente porque
una ignorancia general así lo permite.
Un documento circulado por presbíteros del oriente del país se
refirió a lo que llamó síndrome de indefensión
aprendida como el origen de una apatía ciudadana, un "nada se puede
hacer". A mi juicio, este síndrome comienza por el asombroso
desconocimiento de la ley que caracteriza a los cubanos, el cual -se sabe- ha
sido objeto de estudios cuyas conclusiones no pueden ser más
preocupantes.
Por ejemplo, la calle habanera comenta filmes norteamericanos en que los
policías informan de sus fueros a los detenidos, de donde infiere la
población que el derecho de "ser informado de los derechos"
existe allá, y no acá, pues los gendarmes cubanos no acostumbran a
cumplir con ese deber, de acuerdo con numerosos testimonios. La calle habanera
ignora casi absolutamente que el derecho del acusado a no declarar en su contra,
y la obligación policial de notificárselo, son reconocidos por el
artículo 161 de la Ley Procesal Penal, tanto como en su similar 172 se
protege a las personas, honras e intereses de los testigos y de sus parientes
hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Día y Noche, serie policial número uno de la televisión
cubana, ha mostrado numerosas escenas de arrestos e interrogatorios, de las que
nadie recuerda se hayan tomado como oportunidad para instruir sobre derechos
como los mencionados. Hacerlo -se dice- pudiera servir para informar a los
delincuentes, quienes no pierden un capítulo de la serie. Parece
olvidarse: antes que malhechores, los forajidos son ciudadanos.
Fidel Castro, en uno de sus más recientes discursos, se extendió
sobre un plan destinado a fortalecer el lado instructivo y cultural de la
televisión cubana. Comiéncese, entonces, por instruir a la población
acerca de sus derechos. No los universales, indivisibles y humanos; nada más
los reconocidos por la legislación del país, empezando por dar a
conocer una Constitución violada mediante leyes, algunas leyes,
francamente inconstitucionales.
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