LA HABANA, Cuba, julio, www.cubanet.org -Catorce prisioneros de conciencia, del Grupo de los 75, optaron por no expatriarse. Y hoy enfrentan la restricción de sus derechos El gobierno no los autoriza a salir del país temporalmente, incluso después de la flexibilización migratoria del 14 de enero. Aduce que son reos con licencia extrapenal.
Iván Hernández Carrillo, periodista y Secretario General de la no oficialista Central Independiente de Trabajadores de Cuba, no pudo integrar la comisión sindical compuesta por María Elena Mir y Maybell Padilla, a la 102 Conferencia de la OIT, en Ginebra, Suiza, del 3 al 20 de junio, porque no negársele autorización para viajar. Él explica:
“Fui invitado por la Red Latinoamericana de Derechos Humanos, con sede en Honduras, de la que soy miembro, y me han negado salir. Si permitieron la salida definitiva –es su derecho- de un grupo numeroso de ex prisioneros políticos y de conciencia, sin mediar indulto, ¿por qué, a quienes optamos por permanecer en Cuba, se nos niega el derecho de entrar y salir libremente del territorio nacional? ¿Qué marca la diferencia?Verdadera incongruencia jurídica. Parece una venganza por permanecer en Cuba luchando a favor del respeto a los derechos humanos y sociales, y por la libertad”.
El ensayista, poeta y periodista Jorge Olivera, laureado con varios premios en el exterior, está invitado a recibirlos y a participar en eventos académicos pero tampoco puede viajar.
Otro ejemplo, no precisamente del Grupo de los 75: el prisionero político Egberto Ángel Escobedo Morales, en libertad extrapenal, integrante de la Asociación de Presos y Expresos Políticos en Cuba, tras su excarcelación quiso permanecer en la patria. No puede viajar a España para someterse a una atención médica especializada.
Es una franca contradicción de status legal entre los reos expatriados y el grupo menor que quedó en Cuba, en libertad restringida. Para quienes marcharon, queda en suspenso la libertad extrapenal. No se sabe. El resto permanece atrapado en la Isla, cumpliendo sanción de libertad extrapenal. Ni aquéllos ni estos han sido indultados.
Varios están muy enfermos.Otros, además de enfermos, transitan por la tercera edad y no les alcanzaría el resto de sus días para compensar los años de condena que les queda. Los desterrados tampoco estarán seguros, pues, según su estatus en Cuba, continúan expuestos a deportaciones, o a ser apresados si pisan el suelo patrio.
Fuerzas de Seguridad del Estado, a tenor de la severísima Ley 88, llamada “De Protección de la independencia Nacional y la Economía de Cuba”, capturaron a 75 disidentes pacíficos, entre marzo y abril de 2003. Sometidos a juicios sumarísimos, fueron condenados a largos años de prisión. La represión contra la disidencia se amplió en esos días. Incluso tres jóvenes negros sin militancia política, implicados en el secuestro de un ferry turístico, para huir del país -no hubo lesionados-, fueron fusilados, terminando así los tres años de suspensión de facto de la pena de muerte.
La reacción interna y externa fue enorme. La Conferencia de Obispos Católicos de Cuba mostró preocupación pública (sin llegar a la denuncia). Se organizaron las Damas de Blanco. En la arena internacional se denunció la ola represiva por personalidades e Instituciones democráticas, como Naciones Unidas, Amnistía Internacional, Organización de Estados Americanos y la Unión Europea, que adoptó la Posición Común.
Muchos de los prisiones del grupo de los 75 se acogieron a la expatriación. 14 quedaron en Cuba, fuera de las cárceles, pero no libres: “El gobierno cubano castiga a los presos que preferimos no emigrar, teniéndonos en destierro interno. Pero algún día tendrá que ceder frente a la presión de la opinión pública, o quitarse la máscara”, declara Jorge Olivera.
Recordemos que el Artículo 13, Inciso 2, de la Declaración Universal de Derechos Humanos expresa: “Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio y a regresar a su país”.