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Enero 20, 2000



Elián, el conflicto de Jurisdicciones

Por José Sánchez-Boudy. Diario Las Américas. Edición del 19 de Enero, 2000

La "Ministra de Justicia" de los Estados Unidos acaba de declarar y lo ha puesto por escrito que, la jurisdicción para ventilar el caso del "Niñito de los Delfines" --como se le ha calificado-- Elián, es la federal.

Ha planteado así el eterno conflicto entre la ley federal y la estatal, entre las Cortes federales y las estatales. Y ha afirmado que la jueza Rosa Rodríguez no tiene jurisdicción en el caso y que su resolución es nula. Lo que quiere decir que no obliga al Servicio de Emigración. Que no tiene, por lo tanto, que aceptarla y que puede retornar al niño, según el dictamen de la Comisionada de Emigración. "La Ministra de Justicia, sin embargo, suspendió la fecha del día catorce para devolver el niño a Cuba, para dar tiempo a los abogados del mismo a plantear el caso en las "Cortes" federales.

El niño Elián González, un niño privilegiado, ha traído, además de ser un símbolo de la libertad, una revolución en el derecho del país.

Yo creo que la Secretaria de Justicia para declarar nulo los actos de la jueza Rosa Rodríguez acudirá a los tribunales de justicia que son los únicos que pueden resolver el conflicto de jurisdicción planteado. Son los únicos competentes --uso un término jurídico-- para resolverlo.

Pero si se mira bien no hay tal conflicto de jurisdicciones: "La Corte de Familia" de la Florida es un tribunal competente, de acuerdo con la ley, para resolver el caso del niño y Emigración debe aceptar su fallo. El tribunal de la Florida tiene la misma valía jurídica que un tribunal federal. Plantear un conflicto de jurisdicción por un problema de procedimiento me parece absurdo.

El grupo de abogados de Elián ha consultado con notables especialistas de la materia. Por eso, escogieron la vía del Tribunal de Familia que tiene una jurisdicción especial: la familia. De fallar éste a favor de Elián es natural que el dictamen de Emigración se viene abajo dado la jurisdicción especial de este Tribunal de Familia. Esta excepcionalidad es el que le da una validez jurídica excepcional que hace ver un conflicto de jurisdicción donde no lo hay.

Los tribunales federales conocerán otros recursos a favor de la permanencia del niño en Estados Unidos, sin lugar a dudas.

Lo que voy a decir no es una crítica para nadie. Yo tengo un gran respeto para los abogados norteamericanos y para las escuelas de leyes del país, pero me parece que muchos de los conflictos en el campo jurídico brotan de que en este país sólo se estudian "casos" y se ha desdeñado la teoría jurídica.

Si mal no recuerdo esto vino de Alemania, lo del estudio de los casos, aunque en la tierra de Goethe, la atención a la "ciencia jurídica" que ha dado juristas como Savigny y Ehring y Beling y Mezger es notable. Alemania cuenta con un estudio de las ciencias jurídicas de los mejores del mundo.

Por otro lado el exceso de legislación, contra la que tronó el famoso inglés Spencer, el abandono del Common Law, del Derecho Común por la soberanía total del juez en el campo jurídico, creando un derecho libre que lleva a un derecho nuevo, la falta de codificación de muchas leyes y otras cuestiones fomentan innumerables problemas en los tribunales.

El estudio de los casos y de la letra fría de la ley, por otro lado, que coincide con lo anterior, hace que cuestiones laminares para un caso no se tomen en consideración. Por ejemplo, uno de los "expertos consultados por un rotativo" afirmó que la resolución de Emigración era la que tenía que prevalecer y exclamó: "Nosotros aplicamos la ley, no juzgamos naciones".

Descartaba así que se tomara en consideración de que devolver el niño a Cuba sería convertirlo en un genízaro, entregárselo a Herodes. No juzgaba el letrado al régimen de Castro ni al comunismo según sus palabras.

Y esto es la máxima crueldad y es no atemperar la ley a los cambios que en el Derecho se han producido en el mundo y cuyas explosiones han tenido lugar, muchos de ellos, en este país. Basta citar la distribución de los distritos electorales que llevaría a cabo del Tribunal Supremo --según una sentencia famosa-- si el legislativo no lo hacía, como se le ordenaba en el fallo.

Hay que persistir, por lo tanto, en ganar el caso en el Tribunal de Familia de Miami. Y lo demás se utilizará por añadidura.

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