Las reformas del Código Penal y la Ley de Procedimiento Penal, instrumentadas por el Consejo de estado, para “procurar mayor efectividad y eficacia en la prevención y el enfrentamiento al delito”, ponen en alerta roja a la situación de los derechos humanos en Cuba.
Las modificaciones entraran en vigor el próximo 1ro de octubre. Su principal objetivo, aumentar las facultades de la Policía y aligerar la carga de los tribunales. Una solución que trae más de un problema. El principal: ¿Están los uniformados capacitados para calificar legalmente un hecho y juzgar?
Actualmente los policías puede resolver directamente las infracciones de la Ley Penal, con sanciones de hasta 1 año de prisión y/o multas de no más de 15 mil pesos, sin la necesidad de llevar el hecho al conocimiento del tribunal. En octubre podrán hacerlo, además, en delitos de hasta 3 años de cárcel y/o multas que no excedan 50 mil pesos, con la aprobación del fiscal.
Está facultad, les permite juzgar y castigar con multa, el 27 % de las sanciones previstas en el Código Penal. Con la nueva reforma, podrán hacerlo en el 52 % de las penas y solo necesitan autorización del fiscal para aplicar el 26 %. Buena manera de contribuir “a la aplicación más coherente de la política criminal trazada por el Estado”.
En los cambios no se tuvieron en cuenta las garantías de debido proceso. El policía decide si lleva o no ante el tribunal al ciudadano y la cuantía de la multa. Tampoco está prevista en estos casos, la asistencia de un abogado defensor. Sin dudas, una sutil forma de violentar el derecho a ser oída públicamente por un “tribunal”.
El infractor decide si lo juzga un juez o un policía. Basta pensar en Tribunales y Fiscalías dependientes de las instrucciones del Consejo de Estado y por tanto del Ministerio del Interior. Jueces y fiscales mal pagados y con exceso de trabajo. En octubre los juzgados municipales aumentan de un 52 a 78 % los casos que pueden conocer y los uniformados los pueden aligerarle su carga en un 67%.
¿Qué pasará? ¿Lo absolverán, intentarán aplicarle nuevamente una multa o le impondrán una pena privativa de libertad? Mejor no apostar. Sin embargo, la incertidumbre no desaparece si el ciudadano acepta que lo juzgue un policía.
Las multas que aplican actualmente los uniformados en las delitos con sanciones hasta un año de prisión o/y multas de no más de 15 mil pesos, oscilan entre $ 200 y 1000 pesos moneda nacional, con facultades de extenderlas hasta 2 mil pesos, cuando las circunstancias así lo aconsejen.
En octubre llegarán hasta 2 mil pesos, con facultades de extenderlas hasta a 3 mil. En los delitos con sanciones de hasta 3 años de cárcel y/o multas de más de 50 mil, estarán entre los 500 y 5 mil pesos, que pueden llegar hasta los 7 mil.
Imagínense, un país donde el salario básico es de 229 pesos. Los impuestos al trabajo por cuenta propia, permite ganancias entre los 300 y 400 pesos, sin recurrir al mercado negro ni violar la ley. ¿Habrán pensado en la necesidad de los ciudadanos en recurrir a la ilegalidad como medio de subsistencia?
Tal vez sea mejor resolver el asunto sin llegar al tribunal. No hay que pensar en que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario. Una vez que un ciudadano acepte que un policía lo juzgue reconoce culpabilidad.
Hoy, si la multa se paga a los 3 días y se cumple los términos de la responsabilidad civil, se cierra el asunto, sin consecuencias penales. Con la nueva modificación el término se extiende hasta 10 días. En estos casos pueden también decomisar bienes y objetos.
¿Qué pasa si el infractor no consigue el dinero en ese tiempo? ¿Aumentaran sus antecedentes penales? Si no paga o incumple con la responsabilidad civil, igual el caso pasara para el tribunal ¿Por qué delito lo juzgarán, por incumplir con una contravención o por el delito que cometió e implícitamente aceptó? Ninguna de estas dudas, se aclaran en el Decreto Ley del Consejo de Estado.
¿Habrán leído los diputados nacionales recién electos el proyecto de modificación del Código Penal? ¿Por qué la Asamblea Nacional, órgano legislativo, no participa en la implementación legal de los “cambios y transformaciones” en el ámbito económico y social del país? En fin ¿Quién pensó en nosotros?
De todas formas es evidente la falta de voluntad política en compatibilizar la legislación interna a los pactos internacionales de derechos humanos. Al contrario, las nuevas reformas legales aumenta el clima de inseguridad jurídica para los cubanos. Un buen momento para encender la alerta roja.
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